Miguel Valle Guzmán

Miguel Valle Guzmán

Por más de dos siglos, desde que la Revolución Francesa sintetizó sus ideales bajo el lema de “Libertad, Igualdad y Fraternidad”, generaciones enteras han aceptado esa divisa, sin reparar  si realmente  hay alguna  compatibilidad entre las ideas que esas palabras evocan. Sin embargo, ante el deterioro  de las relaciones personales o intersubjetivas, en un  mundo heredero del ideario de esa Revolución, algunos espíritus reflexivos nos han  señalado  que, en realidad,  estas ideas corresponden a direcciones del corazón diametralmente opuestas.

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Por más de dos siglos, desde que la Revolución Francesa sintetizó sus ideales bajo el lema de “Libertad, Igualdad y Fraternidad”, generaciones enteras han aceptado esa divisa, sin reparar  si realmente  hay alguna  compatibilidad entre las ideas que esas palabras evocan. Sin embargo, ante el deterioro  de las relaciones personales o intersubjetivas, en un  mundo heredero del ideario de esa Revolución, algunos espíritus reflexivos nos han  señalado  que, en realidad,  estas ideas corresponden a direcciones del corazón diametralmente opuestas.

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Cualquier duda que pudiera existir  sobre la ineficiencia de nuestro Poder Legislativo,
tendría  que haberse disipado  ante el adefesio  promulgado bajo el título de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley 9024 de 23 de Diciembre del 2011.  Presionados por las demandas de la Presidenta y de su Ministro de Hacienda, que reclaman  más fondos y ante las dificultades que presentaba la tramitación del llamado Plan Fiscal,  es probable que los Diputados quisieron demostrarle al Poder Ejecutivo y al país en general,  que no eran indiferentes ante la supuesta crisis del Gobierno  y aprobaron precipitadamente  esa ley que, sin ningún resultado positivo, vendrá a entrabar aun más las actividades económicas y de negocios de este atribulado país, ya sofocado por el enorme cúmulo de leyes, reglamentos y ordenanzas  con los que los ciudadanos, tenemos que lidiar continuamente en todas nuestras actividades.    El principal reproche a la ley es su inequidad:  aplicar a rajatabla un impuesto a las sociedades,  sin otra distinción que la que resulta del hecho de encontrarse activas o inactivas, resulta contrario a todo principio de justicia y de racionalidad y delata que el único propósito que animó a los legisladores fue el de aportar fondos al Estado monstruoso y despilfarrador que, desde hace varias décadas nuestros gobernantes han venido alimentando , en un  vano intento de  solucionar los problemas sociales a base de más leyes y burocracia. El segundo reproche es el  de declarar a los representantes de las sociedades, solidariamente responsables del pago del impuesto, lo que es contrario a toda la teoría del moderno Derecho Mercantil, que establece una clara diferenciación entre las obligaciones de la sociedad y las de sus apoderados. Pero se  ve claro que cuando de sacar dinero se trata, estas “sutilezas” les tienen sin cuidado a los “padres de la patria”,   quienes, para ser congruentes con su ex abrupto, debieron llamar a su creación “Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas y a sus representantes”. Siguiendo con esta cadena de desaciertos, el artículo 5 de  la ley le prohíbe al  Registro Nacional   emitir certificaciones de personería jurídica o inscribir ningún documento a favor de los contribuyentes de este impuesto, que no se encuentren al día en el pago del tributo. Es decir que si el Gerente  de una sociedad adquiere,  a título personal, un bien inscribible en el Registro, no puede consolidar su derecho por cuanto la sociedad que representa - de la cual tal vez ni siquiera es socio- está adeudando este sacrosanto impuesto. La medida puede llegar a afectar incluso a terceras personas, pues si un acreedor de la sociedad debe demandarla por algún motivo, no podría hacerlo mientras el impuesto no haya sido cancelado, ya que no podría acreditar ante  los Tribunales la personería del representante de su deudora.  A quien se le ocurra argumentar que el interesado en estos casos puede pagar el impuesto que le corresponde a la sociedad, habría que replicarle que es inconcebible e inmoral que las leyes obliguen a terceros a pagar deudas ajenas. Finalmente cabe preguntarse, a qué serán destinados los fondos recaudados a costa de tanto entrabamiento y complicación?  La propia ley nos  lo aclara en su artículo 11.
Un 5% se destinará a financiar los gastos correspondientes al cobro del tributo y el resto será invertido en programas de seguridad ciudadana y combate a la delincuencia. Es decir puro bla bla. Nada concreto y palpable. Una etapa más en este proceso de “hacer que se hace” para engañar a los ciudadanos, aumentar la burocracia y complicar aún más los trámites burocráticos ya de suyo complicados. La insatisfacción con estos cuerpos deliberantes, llámense Congresos, Asambleas Legislativa o Parlamentos es de vieja data y  se ha presentado, a través de la Historia,  en diversas latitudes. A fines del siglo XIX, el filósofo alemán,  Eduard von Hartmann decía en tono melancólico:
Desde hace tiempo nadie cree ya que la libertad del pueblo se halle garantizada en la forma de gobierno parlamentario… Todo el mundo está cansado del Parlamento, pero nadie sabe proponer algo mejor y la conciencia de tener que entrar en el nuevo siglo cargando con esta despreciable institución, como un mal inevitable, oprime el ánimo de los mejores”
Cuanto de nosotros, al leer estas palabras, escritas en otro Continente,  hace más de cien años no estaríamos gustosamente  dispuestos a hacerlas nuestras?
Cualquier duda que pudiera existir  sobre la ineficiencia de nuestro Poder Legislativo, tendría  que haberse disipado  ante el adefesio  promulgado bajo el título de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley 9024 de 23 de Diciembre del 2011.

Nuestro pueblo utiliza esa expresión para denominar el sistema,  desgraciadamente tan extendido en muchos sectores del país, de disimular los problemas; de pasarlos por alto sin enfrentarlos abiertamente, en la esperanza de que éstos terminen por resolverse por sí mismos, sin mayor esfuerzo de nuestra parte.  Por supuesto que la técnica del escapismo en realidad nunca ha servido para resolver ninguna dificultad y mucho menos en los tiempos que corren, en los que,  para superar los obstáculos y problemas que por todas partes nos salen al paso, es imprescindible contar con  una buena dosis de perseverancia, determinación y esfuerzo personal.

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Todos los sistemas legales en el mundo entero, reconocen el derecho a la legítima defensa, que en realidad no es más que una derivación o consecuencia del derecho a la vida, que es  anterior a todo sistema legal  codificado.  Sin embargo, en países  como el nuestro, ese derecho se ve limitado y condicionado, por leyes dictadas en previsión de posibles abusos que puedan cometer quienes, invocando legítima defensa, pretendan justificar agresiones ilegítimas.  Nuestro Código Penal, en su artículo 28,  establece que no comete delito el que obra en defensa de su persona o de derechos propios o ajenos, siempre que demuestre que fue agredido ilegítimamente y que exista una razonable proporción entre esa agresión y el medio empleado para repelerla.
La disposición   pudo parecer razonable a quienes la promulgaron,  hace más de cuarenta años,  pero en los tiempos que corren y  sobre todo  en su aplicación práctica,  por parte de jueces más inclinados a favorecer al delincuente que a su víctima, resulta intolerablemente restringida,  por lo que se impone una  modificación general que permita  a los habitantes de las ciudades y del campo, defenderse adecuadamente de los ataques de los delincuentes que constantemente ensayan nuevos métodos para consumar sus fechorías. Un   ejemplo concreto de tales  situaciones , es el caso de los llamados “quiebra-ventanas”: esos individuos que aprovechando la inmovilidad en que temporalmente puede encontrarse el  conductor de un vehículo, le rompen  las ventanas y  se apoderan por la fuerza de sus pertenencias, que en algunos casos pueden ser de un gran valor o al menos  de suma importancia para su dueño. El conductor agredido no puede huir,  pues un semáforo le impide seguir o  se encuentra en medio de una presa, como las que frecuentemente se presentan en nuestras calles y carreteras. Si trata de forzar el paso, bien puede causar un accidente en perjuicios de terceros inocentes. Pretender que, para respetar la “proporcionalidad” que menciona nuestro Código Penal,  el conductor debe bajarse  de su vehículo a buscar unas piedras para enfrentar a los agresores, es sencillamente ridículo. La víctima debe enfrentar el problema sin esperar ayuda, pues los transeúntes posiblemente no quieran  intervenir y la policía no puede estar presente en todas partes, en previsión de  ataques  de esta clase.  Estimo que  el único medio eficaz de repeler la agresión, en un caso como el que nos ocupa, es permitir que el conductor agredido o sus acompañantes,  abran  fuego contra los rufianes que los atacan, pero   dudo mucho que los ofendidos  opten mayoritariamente  por esa alternativa, pues se correrían el riesgo de que nuestros jueces  interpreten que en tales casos no hay una legítima defensa o que se actúa motivado por  un verdadero “estado de necesidad”, en los términos definidos por el artículo 27 del mismo Código Penal. Los ejemplos como el anterior podemos citar muchos más y por tal motivo  es evidente que   urge una reforma integral a nuestras leyes, para que podamos enfrentar los feroces embates de una creciente delincuencia.
.Sobre este tema y el de portación de armas,  habremos de ahondar en futuras intervenciones.
Todos los sistemas legales en el mundo entero, reconocen el derecho a la legítima defensa, que en realidad no es más que una derivación o consecuencia del derecho a la vida, que es  anterior a todo sistema legal  codificado.
Como consecuencia de  la crisis financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social y de la reciente huelga que irresponsablemente decretaron los anestesiólogos  y del apoyo   que ese movimiento recibió de parte  de la Unión Médica Nacional y  de  de otras organizaciones  gremiales del sector salud, así como de una   buena parte  del  personal médico y paramédico de la Institución, se ha hecho evidente para todos,  que la Caja del Seguro Social,  cuya importancia nadie discute, no puede seguir funcionando bajo los esquemas diseñados hace setenta años por sus fundadores y debe ser reorganizada, para poder  garantizarle  a los asegurados un servicio ininterrumpido y eficiente, acorde con los nuevos parámetros adoptados actualmente  en esta materia por los países más civilizados, en donde la salud pública constituye una prioridad indiscutible.
No pretendemos, desde luego, presentar ni siquiera un esbozo de esa  reorganización, pues esto es tarea reservada a   médicos salubristas y expertos en Administración, pero como una contribución al problema, permítasenos señalar algunos puntos medulares que consideramos indispensables    en cualquier reorganización que llegue a plantearse: 1)  Cualquier reorganización debe partir del reconocimiento de que, los megahospitales que actualmente pretende administrar la Caja del Seguro Social, son, en la práctica, instituciones muy complejas, que requieren, para su funcionamiento, de un personal muy numeroso, que organizado en sindicatos, liderados por dirigentes cuyo único norte es el beneficio personal de los  agremiados, pueden llegar, como  la experiencia lo demuestra,  a constituirse, de hecho,  en rectores de la Institución imponiéndole  sus directrices a los Administradores legalmente nombrados, bajo la amenaza de paralizar los servicios que por ley  deben brindarse a los asegurados.
Aunque el artículo 61 de la Constitución Política prohíbe la huelga o el paro en los servicios públicos y el Código de Trabajo establece todo un procedimiento para que los trabajadores puedan decretar una huelga legal, estas disposiciones en la práctica son letra muerta, pues ante una suspensión de labores, por ilegal que sea, los directores de la Institución siempre  acaban por doblegarse a las pretensiones de los huelguistas para evitar una catástrofe nacional. 2) Una solución legal al problema consistente en prohibir la existencia  de sindicatos en el sector público y la celebración de convenciones colectivas en ese mismo sector, aunque no debe descartarse “a priori”, no podría implementarse a corto plazo, pues involucra reformas constitucionales polémicas,  por lo que hay que  buscar una solución más práctica e inmediata.  3)  Como se ha hecho en otros países que han confrontado el mismo problema al que nos estamos refiriendo,
El Estado ha estimulado a los médicos para que se organicen en clínicas privadas, en donde, bajo tarifas reguladas,  se prestan  servicios a los asegurados por cuenta del Seguro Social.
Los actuales hospitales, que cuentan con equipo muy sofisticado que no estaría al alcance de las clínicas privadas, pasarían a arrendar ese equipo a los médicos que lo requieran y éstos, a su vez incluirían  ese servicio, en sus cuentas. En esta forma se le resta fuerza a los sindicatos;   se  aleja el fantasma de las huelgas y se garantiza al asegurado un servicio rápido y eficiente, brindándole de paso el derecho a la libre elección del médico o médicos tratantes.
06 de Enero del 2012.
Como consecuencia de  la crisis financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social y de la reciente huelga que irresponsablemente decretaron los anestesiólogos  y del apoyo   que ese movimiento recibió de parte  de la Unión Médica Nacional y  de  de otras organizaciones  gremiales del sector salud,
A medida que el Gobierno ve  alejarse, cada vez más, la posibilidad de que, al menos a corto plazo,  se apruebe el llamado “Plan Fiscal”, como estrategia de presión  ha multiplicado  sus presagios pesimistas, queriendo convencernos de que la única alternativa para conjurar la crisis fiscal que se avecina, es la aprobación de su proyecto de reforma tributaria.
En la  primera  plana de La Nación de 23 de Diciembre último, se   amenaza al país con las siete plagas de Egipto si la reforma tributaria no es aprobada: congelación de salarios: atrasos en el cumplimiento de las obligaciones del Estado; aumentos de tarifas en los servicios públicos y otros. Como remate a estas calamidades,  se nos  anuncia que no podremos contar  tampoco  con ayuda del exterior, porque las instituciones internacionales de crédito,- evidentemente aleccionadas por las crisis que ha provocado en otras latitudes, el excesivo endeudamiento del sector público-, condicionan sus préstamos  a la solución del problema fiscal y esto, en criterio de nuestros gobernantes depende exclusivamente, de la aprobación del paquete de impuestos que  quieren recetarle  a los costarricenses.
Esa opinión la confirma expresamente la señora  Presidenta,  en la página 30 A de esa misma edición, en la que declara  que no hay  ninguna alternativa  o “Plan B”, para el caso de que no llegara a aprobarse la reforma tributaria que su Gobierno propone. Pero, será cierto que no hay otra solución, para evitar una crisis nacional,  que aceptar mansamente  que una mayoría de diputados dóciles a los dictados del Poder Ejecutivo, nos aumenten aun más la carga de los impuestos que ya pagamos todos los costarricenses? Dicen que no hay mal que por bien no venga y pienso que la actual disyuntiva nos debe llevar a retomar el  abandonado proyecto de Reforma Integral del Estado, pues por obra y gracia  del  populismo demagógico de los partidos políticos,  orientado únicamente a resultados meramente electorales y aprovechándose de la indiferencia de  la mayoría de los ciudadanos, entre todos   hemos creado un monstruo, que es nuestro actual  Estado burocrático despilfarrador, que devora implacablemente todos los recursos que podamos darle y que obedeciendo a los postulados que animan a sus promotores,   siempre estará dispuesto a demandarnos más y  más.
La solución  pues, no está en seguir alimentando al monstruo, sino en desinflarlo, reduciéndolo  a sus justas proporciones, pero de este  tema habremos de ocuparnos en futuros  comentarios, en los que dentro de las limitaciones  del espacio que sea nos concede, trataremos de analizar las instituciones y programas que, en nuestro concepto, deben modificarse, reducirse y en algunos casos hasta eliminarse, para paliar la crisis fiscal que se avecina sin exigirle mayores sacrificios a los costarricenses.
A medida que el Gobierno ve  alejarse, cada vez más, la posibilidad de que, al menos a corto plazo,  se apruebe el llamado “Plan Fiscal”, como estrategia de presión  ha multiplicado  sus presagios pesimistas, queriendo convencernos de que la única alternativa para conjurar la crisis fiscal que se avecina, es la aprobación de su proyecto de reforma tributaria.

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