Jueves, 26 Abril 2012 05:56

CONTROLARÍA E INSPECCIÓN DE SERVICIOS JUDICIALES

Con motivo de mis dos anteriores comentarios sobre malas prácticas de  jueces, tuve decenas de llamadas y mensajes por medio de las redes sociales, que Internet ahora ofrece.
La mayoría fue de colegas abogados y  de otras personas usuarias que además de validar las observaciones que hice me preguntaban qué hacer.
Ciertamente esa omisión es imperdonable pues SÍ existen las instancias, dentro del engranaje del Poder Judicial, para acudir en caso de que se esté sufriendo alguna situación que ponga “trabas” en procesos judiciales en los que se interviene como abogados o partes, en un proceso.
Efectivamente, existe la Contraloría de Servicios del Poder Judicial, creada hace 10 años, por iniciativa del actual presidente de la Corte, Luis Paulino Mora, como una alternativa a la instancia propiamente disciplinaria y cuyo fin, en palabras de este alto funcionario,  “… es ser un mecanismo que facilite y fortalezca una sana relación con los usuarios y permita una participación activa en la crítica constructiva de los servicios para lograr no sólo resolver, sino prevenir problemas que diariamente se presentan en relación con los quehaceres de quienes laboran para este Poder de la República”.
La Contralora Judicial es la Licda. Lena White Curling, una insigne funcionaria, de trato afable y eficientísima en su  tarea de velar porque el usuario, reciba la mejor atención en cada una de las diligencias que realice en cualquier dependencia judicial.
Igualmente, en cada cabecera de circuitos judiciales del país existen las llamadas Comisiones de Usuarios del Poder Judicial, cuyos fines son extender, con ambas manos, lo que la Contraloría tiene como misión.
Igualmente, desde hace 90 años existe la Inspección Judicial, cuya función es aplicar el régimen disciplinario.
La Inspección está  a cargo de un Tribunal e inspectores quienes, ante la denuncia que se les planteé por algún usuario judicial o cuando la Corte, su jerarca, de oficio así lo disponga,  iniciar el proceso disciplinario en contra de actuaciones de servidores judiciales, incluidos los jueces, de modo que se determine si se debe imponer una sanción, incluso el despido, a quienes hayan incumplido con los deberes señalados en la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás normativa al respecto.
Además la Inspección deberá fiscalizar y vigilar el accionar en los despachos, de empleados y funcionarios, en procura de una correcta, oportuna y transparente administración de justicia cuya meta sea  brindar una eficiente atención a todos quienes acuden a ellos.
De modo que, ante las malas prácticas de funcionarios judiciales de cualquier rango, incluyendo a los jueces, hay dos instancias que gozan de la confianza, interna e externa, para fiscalizar, intervenir y, en su caso, sancionar sin miramientos a quienes así actúen.
Más que un derecho es un deber acudir a ellas, sin temor alguno de que se revertirá en su contra las denuncias que se hagan contra esos malos funcionarios pues es con la participación activa y constructiva de todos los ciudadanos que podremos contar con los mejores hombres y mujeres encargados de que la administración de justicia en Costa Rica no sea letra muerta en la Constitución Política y en las leyes.
Con motivo de mis dos anteriores comentarios sobre malas prácticas de  jueces, tuve decenas de llamadas y mensajes por medio de las redes sociales, que Internet ahora ofrece.
La mayoría fue de colegas abogados y  de otras personas usuarias que además de validar las observaciones que hice me preguntaban qué hacer.
Ciertamente esa omisión es imperdonable pues SÍ existen las instancias, dentro del engranaje del Poder Judicial, para acudir en caso de que se esté sufriendo alguna situación que ponga “trabas” en procesos judiciales en los que se interviene como abogados o partes, en un proceso.
Efectivamente, existe la Contraloría de Servicios del Poder Judicial, creada hace 10 años, por iniciativa del actual presidente de la Corte, Luis Paulino Mora, como una alternativa a la instancia propiamente disciplinaria y cuyo fin, en palabras de este alto funcionario,  “… es ser un mecanismo que facilite y fortalezca una sana relación con los usuarios y permita una participación activa en la crítica constructiva de los servicios para lograr no sólo resolver, sino prevenir problemas que diariamente se presentan en relación con los quehaceres de quienes laboran para este Poder de la República”.
La Contralora Judicial es la Licda. Lena White Curling, una insigne funcionaria, de trato afable y eficientísima en su  tarea de velar porque el usuario, reciba la mejor atención en cada una de las diligencias que realice en cualquier dependencia judicial.
Igualmente, en cada cabecera de circuitos judiciales del país existen las llamadas Comisiones de Usuarios del Poder Judicial, cuyos fines son extender, con ambas manos, lo que la Contraloría tiene como misión.
Igualmente, desde hace 90 años existe la Inspección Judicial, cuya función es aplicar el régimen disciplinario.
La Inspección está  a cargo de un Tribunal e inspectores quienes, ante la denuncia que se les planteé por algún usuario judicial o cuando la Corte, su jerarca, de oficio así lo disponga,  iniciar el proceso disciplinario en contra de actuaciones de servidores judiciales, incluidos los jueces, de modo que se determine si se debe imponer una sanción, incluso el despido, a quienes hayan incumplido con los deberes señalados en la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás normativa al respecto.
Además la Inspección deberá fiscalizar y vigilar el accionar en los despachos, de empleados y funcionarios, en procura de una correcta, oportuna y transparente administración de justicia cuya meta sea  brindar una eficiente atención a todos quienes acuden a ellos.
De modo que, ante las malas prácticas de funcionarios judiciales de cualquier rango, incluyendo a los jueces, hay dos instancias que gozan de la confianza, interna e externa, para fiscalizar, intervenir y, en su caso, sancionar sin miramientos a quienes así actúen.
Más que un derecho es un deber acudir a ellas, sin temor alguno de que se revertirá en su contra las denuncias que se hagan contra esos malos funcionarios pues es con la participación activa y constructiva de todos los ciudadanos que podremos contar con los mejores hombres y mujeres encargados de que la administración de justicia en Costa Rica no sea letra muerta en la Constitución Política y en las leyes.

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